Tame único municipio en expedir decreto sancionatorio por el no uso de tapabocas

 Tame único municipio en expedir decreto sancionatorio por el no uso de tapabocas

En las últimas semanas la Administración Municipal de Tame, cabalgando con transparencia en cabeza del Alcalde Anibal Mendoza Bohorquez ha expedido un nuevo decreto No 048 del 7 de junio del 2022 en donde se exige el uso obligatorio del tapabocas y multas para el ciudadano que incumpla. 

“Por medio del cual se adoptan medidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus covid-19, y el mantenimiento del orden público, en el municipio de Tame, departamento de Arauca, y se dictan otras disposiciones”.

ARTÍCULO PRIMERO: USO OBLIGATORIO DE TAPABOCAS

 El uso de tapabocas que cubra nariz y boca será obligatorio para todas las personas cuando estén fuera de su domicilio independientemente de la actividad o labor ala e salgan. La no utilización del tapabocas dará lugar a la imposición de multa tipo 4 consagrada en el Código y Convivencia Ciudadana ley 1801 de 2016, así como las demás sanciones que haya lugar.

PARÁGRAFO PRIMERO: 

Se exhorta a toda la ciudadana del municipio de Tame a intensificar las medidas de autocuidado (uso adecuado de tapabocas, distanciamiento físico, restricción de la movilidad para actividades no esenciales, lavado de manos, cumplir con el Plan Nacional de Vacunación adoptado mediante Decreto 109 de 2020, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021), manteniéndose con una adecuada ventilación y con la utilización de tapabocas incluso dentro del hogar en casos en los que la exposición al coronavirus COVID-19 así lo amerite.

PARÁGRAFO SEGUNDO:

 Se exhorta a toda la ciudadana del municipio de Tame a cumplir con el esquema de vacunación completo con una cobertura del 70% y una cobertura en dosis de refuerzo mayor del 40%, en búsqueda del beneficio de las últimas instrucciones impartidas a nivel nacional.

ARTÍCULO SEGUNDO: EVENTOS: 

 Desde las (00:00 horas) del día 07 de junio de 2022, hasta las cero horas (00:00) del 01 de julio de 2022, se permiten eventos de carácter público o privado, siempre y cuando se mantenga el distanciamiento físico de dos metros y se respete un aforo máximo de 100% de la infraestructura en donde se realiza el evento y se dé cumplimiento a los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

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