Adoptadas medidas para las elecciones presidenciales en Tame y Arauca

 Adoptadas medidas para las elecciones presidenciales en Tame y Arauca

Conforme a la expedición del decreto 830 del 24 de mayo por parte del Gobierno Nacional, el municipio de Arauca se acogió a esta normativa para garantizar el orden público durante las elecciones presidenciales que se adelantarán este domingo 29 de mayo. 

La ley seca para el puente de elecciones arrancará el sábado 28 de mayo a las 4:00 p.m. e irá hasta el lunes festivo 30 de mayo a las 12:00 m. 

Asimismo, habrá acompañamiento de la Policía y Ejército Nacional en cada uno de los puntos de votación del Municipio, tanto en el área urbana como rural, para evitar posibles alteraciones al orden público. 

Cabe aclarar que el decreto 055 de 24 de mayo de 2022 también queda prohibido el transporte de parrillero masculino en toda clase de motocicleta, el transporte y disposición de escombros, así como la circulación de vehículos que transporten trasteos o mudanzas, entre otros, desde las 6:00 p.m. del 28 de mayo hasta las 06:00 horas a.m. del lunes 30 de mayo.

Ya el Alcalde de Arauca, Edgar Tovar, lideró un Consejo de Seguridad para verificar los dispositivos que se tendrán en el Municipio por parte de la Fuerza Pública y la Registraduría con el fin de garantizarle a la comunidad su derecho al voto. 

Para el caso de Tame es el  Decreto 043 donde se indica que en el horario de 6pm del sábado 28 a las 6am del lunes 30 de mayo

  • Ley seca
  • Prohibido transporte de escombros, chatarra, mudanzas, combustibles, cilindros de gas, y material de escombros en el mismo horario del punto anterior
  • Cierre de las calles 12, 1, 14, 15 y 16 entre las carreras 13 a la 16 – Calle 14 desde la carrera 24 a la 25 – Carrera 5 entre calles 13 y 14
  • Prohibido el estacionamiento general de vehículos en zonas aledañas a los puestos de votación
  • A los puestos de votación, los ciudadanos podrán llevar elemento de ayuda de 10cm x 5.5cm en un lugar no visible
  • Se prohíbe el proselitismo político como carteles, pasacalles, afiches; tampoco se podrán realizar encuestas, sondeos, entrevistas, etc.
  • En los puestos de votación no se podrán usar cámaras de video, fotografía o celulares, a excepción de los medios de comunicación debidamente acreditados por la Registraduría Nacional.
  • Prohibida la venta ambulante e informal en plazas y parques públicos, y, en el radio de 100 metros a los puestos de votación.
  • Prohibido todo tipo de aglomeración, manifestación o afluencia de personas en espacios públicos del casco urbano.
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